Jueves 28 de Marzo de 2024

Hoy es Jueves 28 de Marzo de 2024 y son las 05:13 - Traducen al francés texto de filosofía del derecho del correntino Francisco Tomás González Cabañas. / Terrile: "Hoy más que nunca ratificamos la realización de los Juegos Correntinos como política de Estado" / El concepto de la idoneidad y su significado en el ámbito del poder judicial. / Prueba / "Ensayo: El lobo de Gubbio o la bestia mística". / "Ensayo: El lobo de Gubbio o la bestia mística". / San Martín se hizo fuerte de local y le ganó el segundo clásico al Regatas / Orinados por Milei, preocupados por la boleta. / Inicia sus actividades el Observatorio del Poder Judicial en Corrientes. / Contundente respaldo al Paro y Movilización del 24 de enero. / Importante Reunión Peronista en la Ciudad de Buenos Aires / Dinámica imparable en Yacyretá / Inquietud ante el poder judicial por la imposibilidad que descansen en paz los restos de un legislador nacional correntino. / ¿Qué tenemos para celebrar en un nuevo día mundial de la filosofía? / Colegio de abogados. / "La transparencia en la justicia" / Los que se consideran líderes juegan a lo Poncio Pilato. / IMPORTANTE DECLARACIÓN DE DIRIGENTES PERONISTAS EN APOYO A MASSA / Patricio Maggio publica un importante libro sobre el peronismo / ¿Qué votamos el 19 de noviembre? /

  • 20º

ANÁLISIS

18 de junio de 2020

El profesor de derecho que no leyó a Foucault.


Quiénes trabajamos en teoría del estado, observamos, apoyados por todas y cada una de las estadísticas consultadas desde un tiempo a esta parte, como la mayor parte de la ciudadanía occidental, no separa ni distingue, es decir no cree en la independencia de los poderes, sobre todo del judicial con respecto al ejecutivo. Lo que parece o figura claro y conciso en la academia, o en los recintos cerrados en donde se cosifica al saber, se traduce como oscuro, escondido y difuso en la arena pública, en los aforos, en las plazas y en los espacios comunicacionales, en todas sus vertientes y versiones. Ejerzamos o no la docencia formal, lo cual no constituye el derecho de mandar a leer a alguien como forma agazapada de agraviar o menospreciar al otro (en su comprensión, discernimiento e interpretación), debemos volver a las fuentes, para corresponderse, con aquello que han pensado y redactado nuestros predecesores en tiempo y espacio.

“La existencia de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial es una idea aparentemente bastante antigua en el ámbito del derecho constitucional aunque en verdad, pueda decirse que es una idea reciente que data aproximadamente de Montesquieu. Pero lo que aquí nos interesa es ver cómo se formó el poder judicial…Existe un descubrimiento, una invención tan diabólica como la del procurador y la infracción; el estado es no sólo la parte lesionada sino además la que exige reparación…Es así que aparece con el mecanismo de las multas el gran mecanismo de las confiscaciones. Las confiscaciones de bienes son para las monarquías nacientes uno de los grandes medios de enriquecerse e incrementar sus propiedades. Las monarquías occidentales se fundaron sobre la apropiación de la justicia, que les permitía la aplicación de estos mecanismos de confiscación. He aquí el fondo político de esta transformación”. (Foucault, M. “La verdad y las formas jurídicas”. Gedisa. Barcelona. 1996. Pág 68). 

 

Cuesta comprender que tal relación primigenia, siglos después, continúe manifestándose como entonces. Pese a la institución y constitución de diferentes dispositivos que indicarían lo contrario, en los diversos plexos normativos, lo cierto es que se palpa en las calles, lo que reverbera, ante cada situación o definición difusa, discutible o interpretable, de la verdad de perogrullo que el poder político es uno solo, independientemente, de sus supuestas divisiones y escisiones como para garantizarnos una vida comunitaria más ecuánime. 

La vinculación, natural e inasible del poder con el saber, que magistralmente develó Foucault en las distintas etapas de su obra, es un material obligado, una lectura indispensable, para aquellos doctorados en leyes y más aún, los que se encaraman en tal autoridad, poseyendo además, poder político, por más que este sea superficial, o condicionado, como tal vez en el caso al que hacemos alusión, por la microfísica del poder, que actúa desde recintos oficiales o formales, supuestamente de menor envergadura, como podría ser un segundo lugar o una vicepresidencia. 

Prueba de lo que destacamos, es que desde el poder mismo, en complicidad y anuencia de los recintos académicos que poco o nada abordan sobre la naturaleza y razón institucional del poder judicial, siempre se promete, cambiar o modificar la administración de justicia, transformándola en un ariete, que lo único que hace es acendrar, amalgamar la distancia entre lo escrito y expresado y lo que ocurre real y simbólicamente, cuando se pregunta, de soslayo, sobre determinaciones que dimanan del poder ejecutivo y que correspondería tener al menos una vista previa, en el sacralizado como independiente, poder judicial. 

El poder político, debe desde aquel entonces una explicación convincente, que seguramente no podrá estar fundamentada en cuestionar la pregunta, la interrogación o los argumentos que provengan de la misma, todos los que leímos a Foucault ya entendimos que la relación, el vínculo entre poder y saber, es una tensión, una compulsa entre posiciones asimétricas. Esto es ni más ni menos que la naturaleza de la política, que no se dirime en lo que expresan o dejan de expresar los corpus normativos que están creados como dispositivos de poder.  

 

 Por Francisco Tomás González Cabañas. 

 

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