Jueves 26 de Diciembre de 2024

Hoy es Jueves 26 de Diciembre de 2024 y son las 12:16 - El complejo de Caín y el complejo de Abel desde una mirada política. / AHORA SÍ. Tanti Bianchi será candidato a Intendente en Esquina. / Dos años tratados como delincuentes. / Por un nuevo movimiento nacional, una fe de acero. / "Soy optimista con respecto al puente Monte Caseros-Bella Unión". / Equipo correntino de levantamiento olímpico de pesas valoró al fuerte apoyo oficial recibido a lo largo del año. / Argentina, Cuestión de Estado / El fisicoculturista correntino Benjamín Sotelo se destaca en el plano internacional / Cesión de soberanía jurídica y judicial. Una advertencia sobre el futuro de la concesión de la mal llamada "Hidrovía". / Creación del registro público de antecedentes laborales previo al ingreso al poder judicial. / Con apoyo oficial y merced a años de esfuerzo y perseverancia, Agostina Manzotti fue citada a la selección argentina de remo. / Sueños de libertad. / El candidato es Tassano. / Jorge Terrile recibió al piloto Benjamín Traverso. / Con apoyo oficial, equipo correntino de pesas se presentará en el Nacional de Bariloche. / A propósito de la reforma judicial en México y su cariz democrático-electoral. / Jorge Terrile recibió a los pesistas correntinos que se destacaron en el mundial de España. / Crítica a Joker 2 Folie à Deux sin spoilers. / Corrientes el único lugar del país dónde ninguna mujer integra el alto tribunal. / Se mojo la pólvora. /

  • 20º

LEGISLATIVAS

4 de noviembre de 2015

Solicitud pública a la comisión bicameral para la selección del defensor del pueblo de la provincia de Corrientes y al pleno del ámbito legislativo.

En mi calidad de ciudadano y de postulante a la defensoría provincial del pueblo, por los motivos que a continuación se detallan, públicamente y por este medio solicito:

  1. Se exhiban/hagan públicas todas y cada una de las evaluaciones a las que fuimos sometidos los postulantes.
  2. Examen escrito, respuestas, criterios de puntuación y resultados.
  3. Evaluación de las profesionales del ámbito psicológico. Test escrito y entrevista personal. Exhibición de perfil o de conclusiones, parciales y totales.
  4. Conclusión acerca del coloquio realizado a todos y cada uno de los postulantes. Preguntas realizadas, síntesis y conclusiones de las mismas.
  5. Copia de las carpetas presentadas, en el caso de que existiesen proyectos o propuestas de los postulantes para el ejercicio de la defensoría.
  6. Escala axiológica o del carácter vinculante o no vinculante de todo y cada uno de los exámenes realizados para la consideración final y propuesta definitiva por parte de la comisión para proponer un defensor del pueblo.

Por imperio de los artículos constitucionales, Nº. 16 “…admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”, Nº. 1, Nº. 33 y concordantes que garantizan como principio básico la publicidad de los actos de gobierno, que permite que el pueblo pueda conocer la actividad que llevan adelante sus representantes en pos del bien común. Ante lo dispuesto, asimismo por la propia ley provincial del defensor del pueblo (N.º 5.888) que impele a este como objetivo primordial la defensa de los derechos humanos, colectivos y difusos que las propias instituciones podrían conculcar, y ante la continua, manifiesta y múltiple versión de diferentes medios periodísticos, que involucran con nombre y apellido, tanto a postulantes como a seleccionadores, que no ha sido desmentido, ni de manera oficial como no oficial, en que existiría un consenso, para proponer tanto un defensor titular, como sus adjuntos (improcedencia por la que esta misma comisión retraso la selección ante el error conceptual en la primera llamada a convocatoria) por vinculaciones/negociaciones políticas, y por estar los supuestos signados, “más cercanos al sector político del senador tal (todos los medios coinciden en los mismos nombres) o del diputado cual” y ante los cabildeos que dilatan, lo que se da por hecho en la agenda pública, sin que la versión sea desmentida ni cuestionada, y atento a que ninguna resolución de ningún ámbito, por más que este sea institucional, puede estar por encima de los artículos constitucionales, o de la propia ley provincial, es que se sustenta la presente solicitud, objetiva, obvia, evidente y necesaria. Aclarando finalmente, que subjetivamente, quién suscribe, considera que el hacer público, todos y cada uno de los exámenes, a los que fueron sometidos los postulantes, como los respectivos criterios de evaluación como su grado de vinculación, no hará más que acrecentar el rédito, el prestigio y la fortaleza institucional de la Legislatura, de la institucionalidad de la defensoría del pueblo, del nombre que  surja propuesto, y será más que bien recibido por la ciudadanía y la opinión pública, como por la opinión publicada.

Francisco Tomás González Cabañas.

 

 

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Comentarios

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Julio Roberto Polimeni

Comentario
Coincido plenamente con lo expresado, en que para que el proceso de selección sea intachable e insospechable, se deben exhibir los respectivos resultados del mismo.

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