Jueves 28 de Marzo de 2024

Hoy es Jueves 28 de Marzo de 2024 y son las 18:24 - Traducen al francés texto de filosofía del derecho del correntino Francisco Tomás González Cabañas. / Terrile: "Hoy más que nunca ratificamos la realización de los Juegos Correntinos como política de Estado" / El concepto de la idoneidad y su significado en el ámbito del poder judicial. / Prueba / "Ensayo: El lobo de Gubbio o la bestia mística". / "Ensayo: El lobo de Gubbio o la bestia mística". / San Martín se hizo fuerte de local y le ganó el segundo clásico al Regatas / Orinados por Milei, preocupados por la boleta. / Inicia sus actividades el Observatorio del Poder Judicial en Corrientes. / Contundente respaldo al Paro y Movilización del 24 de enero. / Importante Reunión Peronista en la Ciudad de Buenos Aires / Dinámica imparable en Yacyretá / Inquietud ante el poder judicial por la imposibilidad que descansen en paz los restos de un legislador nacional correntino. / ¿Qué tenemos para celebrar en un nuevo día mundial de la filosofía? / Colegio de abogados. / "La transparencia en la justicia" / Los que se consideran líderes juegan a lo Poncio Pilato. / IMPORTANTE DECLARACIÓN DE DIRIGENTES PERONISTAS EN APOYO A MASSA / Patricio Maggio publica un importante libro sobre el peronismo / ¿Qué votamos el 19 de noviembre? /

  • 20º

LEGISLATIVAS

4 de noviembre de 2015

Solicitud pública a la comisión bicameral para la selección del defensor del pueblo de la provincia de Corrientes y al pleno del ámbito legislativo.

En mi calidad de ciudadano y de postulante a la defensoría provincial del pueblo, por los motivos que a continuación se detallan, públicamente y por este medio solicito:

  1. Se exhiban/hagan públicas todas y cada una de las evaluaciones a las que fuimos sometidos los postulantes.
  2. Examen escrito, respuestas, criterios de puntuación y resultados.
  3. Evaluación de las profesionales del ámbito psicológico. Test escrito y entrevista personal. Exhibición de perfil o de conclusiones, parciales y totales.
  4. Conclusión acerca del coloquio realizado a todos y cada uno de los postulantes. Preguntas realizadas, síntesis y conclusiones de las mismas.
  5. Copia de las carpetas presentadas, en el caso de que existiesen proyectos o propuestas de los postulantes para el ejercicio de la defensoría.
  6. Escala axiológica o del carácter vinculante o no vinculante de todo y cada uno de los exámenes realizados para la consideración final y propuesta definitiva por parte de la comisión para proponer un defensor del pueblo.

Por imperio de los artículos constitucionales, Nº. 16 “…admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”, Nº. 1, Nº. 33 y concordantes que garantizan como principio básico la publicidad de los actos de gobierno, que permite que el pueblo pueda conocer la actividad que llevan adelante sus representantes en pos del bien común. Ante lo dispuesto, asimismo por la propia ley provincial del defensor del pueblo (N.º 5.888) que impele a este como objetivo primordial la defensa de los derechos humanos, colectivos y difusos que las propias instituciones podrían conculcar, y ante la continua, manifiesta y múltiple versión de diferentes medios periodísticos, que involucran con nombre y apellido, tanto a postulantes como a seleccionadores, que no ha sido desmentido, ni de manera oficial como no oficial, en que existiría un consenso, para proponer tanto un defensor titular, como sus adjuntos (improcedencia por la que esta misma comisión retraso la selección ante el error conceptual en la primera llamada a convocatoria) por vinculaciones/negociaciones políticas, y por estar los supuestos signados, “más cercanos al sector político del senador tal (todos los medios coinciden en los mismos nombres) o del diputado cual” y ante los cabildeos que dilatan, lo que se da por hecho en la agenda pública, sin que la versión sea desmentida ni cuestionada, y atento a que ninguna resolución de ningún ámbito, por más que este sea institucional, puede estar por encima de los artículos constitucionales, o de la propia ley provincial, es que se sustenta la presente solicitud, objetiva, obvia, evidente y necesaria. Aclarando finalmente, que subjetivamente, quién suscribe, considera que el hacer público, todos y cada uno de los exámenes, a los que fueron sometidos los postulantes, como los respectivos criterios de evaluación como su grado de vinculación, no hará más que acrecentar el rédito, el prestigio y la fortaleza institucional de la Legislatura, de la institucionalidad de la defensoría del pueblo, del nombre que  surja propuesto, y será más que bien recibido por la ciudadanía y la opinión pública, como por la opinión publicada.

Francisco Tomás González Cabañas.

 

 

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Comentarios

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Julio Roberto Polimeni

Comentario
Coincido plenamente con lo expresado, en que para que el proceso de selección sea intachable e insospechable, se deben exhibir los respectivos resultados del mismo.

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