Martes 29 de Abril de 2025

Hoy es Martes 29 de Abril de 2025 y son las 20:15 - Publican en Perú nuevo libro del filósofo correntino Francisco Tomás González Cabañas. / En Mercedes (Corrientes) la disputa será entre tres (3). / En el medio de la guerra de la politiquería, emerge Juan José Bergia y su lista.  / La ciudad que viene. El proyecto que se consolida en Esquina. / La ciudad que viene. El proyecto que se consolida en Esquina. / ¿Radicales con Valdés? / ¿Se cumple la demanda de pluralidad en la conformación de la Corte Suprema? / ¿El techo de Bazzi, el piso de Chávez? / La sublime decisión de Camau. / Ensobrados. / ¿Corresponde la exclusión del Diputado Lisandro Almirón de la Cámara de Diputados de la Nación?. / Las razones del chauvinismo feudal. / Acerca de la "Falsa denuncia". / Jorge Terrile recibió a la campeona argentina de trail U20, Brenda Insaurralde. / Suspender a Vischi para no volver a la UCR Corrientes de los tiempos de Tabaré Bruzzo. / El ciudadano pretende políticos, no políticas. La preeminencia de los nombres por sobre los partidos. / Jorge Terrile recibió a las jugadoras que obtuvieron el Nacional de Campeones de fútbol 6. / Descansarán en paz los restos de quién fuera Tomás Walther González Cabañas. / Piden la renuncia de la interventora del PJ Corrientes María Teresa García. / Actividades deportivas de verano en barrios de la ciudad. /

  • 20º

LEGISLATIVAS

4 de noviembre de 2015

Solicitud pública a la comisión bicameral para la selección del defensor del pueblo de la provincia de Corrientes y al pleno del ámbito legislativo.

En mi calidad de ciudadano y de postulante a la defensoría provincial del pueblo, por los motivos que a continuación se detallan, públicamente y por este medio solicito:

  1. Se exhiban/hagan públicas todas y cada una de las evaluaciones a las que fuimos sometidos los postulantes.
  2. Examen escrito, respuestas, criterios de puntuación y resultados.
  3. Evaluación de las profesionales del ámbito psicológico. Test escrito y entrevista personal. Exhibición de perfil o de conclusiones, parciales y totales.
  4. Conclusión acerca del coloquio realizado a todos y cada uno de los postulantes. Preguntas realizadas, síntesis y conclusiones de las mismas.
  5. Copia de las carpetas presentadas, en el caso de que existiesen proyectos o propuestas de los postulantes para el ejercicio de la defensoría.
  6. Escala axiológica o del carácter vinculante o no vinculante de todo y cada uno de los exámenes realizados para la consideración final y propuesta definitiva por parte de la comisión para proponer un defensor del pueblo.

Por imperio de los artículos constitucionales, Nº. 16 “…admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad”, Nº. 1, Nº. 33 y concordantes que garantizan como principio básico la publicidad de los actos de gobierno, que permite que el pueblo pueda conocer la actividad que llevan adelante sus representantes en pos del bien común. Ante lo dispuesto, asimismo por la propia ley provincial del defensor del pueblo (N.º 5.888) que impele a este como objetivo primordial la defensa de los derechos humanos, colectivos y difusos que las propias instituciones podrían conculcar, y ante la continua, manifiesta y múltiple versión de diferentes medios periodísticos, que involucran con nombre y apellido, tanto a postulantes como a seleccionadores, que no ha sido desmentido, ni de manera oficial como no oficial, en que existiría un consenso, para proponer tanto un defensor titular, como sus adjuntos (improcedencia por la que esta misma comisión retraso la selección ante el error conceptual en la primera llamada a convocatoria) por vinculaciones/negociaciones políticas, y por estar los supuestos signados, “más cercanos al sector político del senador tal (todos los medios coinciden en los mismos nombres) o del diputado cual” y ante los cabildeos que dilatan, lo que se da por hecho en la agenda pública, sin que la versión sea desmentida ni cuestionada, y atento a que ninguna resolución de ningún ámbito, por más que este sea institucional, puede estar por encima de los artículos constitucionales, o de la propia ley provincial, es que se sustenta la presente solicitud, objetiva, obvia, evidente y necesaria. Aclarando finalmente, que subjetivamente, quién suscribe, considera que el hacer público, todos y cada uno de los exámenes, a los que fueron sometidos los postulantes, como los respectivos criterios de evaluación como su grado de vinculación, no hará más que acrecentar el rédito, el prestigio y la fortaleza institucional de la Legislatura, de la institucionalidad de la defensoría del pueblo, del nombre que  surja propuesto, y será más que bien recibido por la ciudadanía y la opinión pública, como por la opinión publicada.

Francisco Tomás González Cabañas.

 

 

COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Nombre
Julio Roberto Polimeni

Comentario
Coincido plenamente con lo expresado, en que para que el proceso de selección sea intachable e insospechable, se deben exhibir los respectivos resultados del mismo.

Responder