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17 de abril de 2026

"La intangibilidad no es un privilegio sino una garantía institucional".

Fuimos testigos de un diálogo entre el presidente del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes Dr. Guillermo Semhan y el director de la escuela correntina de pensamiento, el filósofo Francisco Tomás González Cabañas. El magistrado recordó en circunstancias de tensión administrativa con el ejecutivo provincial, que tanto la autarquía como la autonomía financiera son atribuciones constitucionales del judicial y que ningún procedimiento de administración puede ejercer un poder confiscatorio, vulnerando otro principio republicano como la "intangibilidad de la remuneración de un juez que no es un privilegio sino una garantía constitucional" enfatizó Guillermo Semhan.

Hace semanas, por no decir meses, el incremento de la tensión ante el ejercicio autárquico del poder judicial correntino, viene escalando, al punto que los últimos días, por no decir horas, no han sido pocos los medios de comunicación, que salieron (vaya uno a saber si direccionados o no) apuntando contra algunos gastos establecidos por el reglamento de Administración Financiera (RAF) del Poder Judicial de Corrientes, bajo acuerdo N° 16/2002, que regula la gestión presupuestaria. Recordemos que mediante acuerdos recientes (como el Acdo. 36/25), el STJ aprueba la programación financiera de gastos, cuotas y reestructuraciones facultados por la Ley de Autarquía N° 4220. Las observaciones de ciertos sectores de prensa, sin embargo, no tuvieron la seriedad ni la correspondencia mínima con la decencia ni tampoco con la coherencia textual. Sacaron a relucir algún gasto de reparación de oficina o la adquisición de un vehículo de determinadas características. Apartando el contexto mediante el cuál, el poder judicial, por la adhesión del legislativo a la ley de narcomenudeo, debe ahora hacerse cargo de la operatividad de un delito que hasta hace meses pertenecía al ámbito federal, otro tanto ocurrirá con la modificación, de la ley penal juvenil, lo que implica mayores obligaciones y por ende, gastos, inversiones o necesidades de recursos, dentro de la autarquía integral que implica una autonomía financiera para este poder del estado a los efectos de que funciones la institucionalidad con una razón republicana. Francisco Tomás González Cabañas, en calidad de fundador y director de la escuela correntina de pensamiento, sostuvo y propuso profundizar el vínculo con el Superior Tribunal, mediante el observatorio de las actuaciones del poder judicial y llevar a cabo una edición de una publicación de "fallos fundamentales" del alto tribunal a los efectos de alumbrar la legitimidad mediante el conocimiento o el saber, que en definitiva se traduce como autoridad ante los otros poderes del estado y la comunidad misma. El Dr. Guillermo Semhan, quién ya había recibido dos años atrás a miembros del observatorio, reafirmó su predisposición a continuar trabajando con la lógica de las puertas abiertas y el sentido común, destacando la participación en calidad de sujeto más allá de su rol, en eventos sociales y culturales organizados por el Museo de Arte Contemporáneo de Corrientes por ejemplo. La conversación transitó aspectos nodales de cuestiones sociales, como por ejemplo la formación. El magistrado observó que el abogado del presente debe tener otro tipo de preparación, ante los desafíos de la actualidad y las nuevas metodologías. González Cabañas le comentó que la directora del observatorio de las actuaciones del poder judicial, la Dra. Viviana Emilce Verón, trabaja un proyecto en congresos y espacios teóricos, para incluir al "lenguaje claro" en los años de formación del futuro profesional del derecho. Finalmente el filósofo le recordó que no siempre la novedad es lo debido o correspondiente. Dos juicios que quedaron en la historia, por haberse condenado a dos inocentes y grandes personalidades de la humanidad, como Sócrates y Jesús, se hicieron mediante la modalidad de "jurado popular" una suerte de mantra o de santiamén que se pretende instaurar como respuesta milagrosa a todos los males, repasó González Cabañas. El doctor Guillermo Semhan lamentó por ejemplo que en la provincia vecina del Chaco, dónde está implementado el jurado popular, no esté habilitado para los delitos de corrupción o de administración fraudulenta de funcionarios. Antes de despedir al director de la escuela y comprometerlo a una próxima visita cuando el libro de "fallos fundamentales del STJ" se encuentre más avanzado, destacó el clima de "disenso democrático" en el que el cuerpo toma las decisiones, respetando las posiciones argumentadas de cada integrante del mismo y una vez resuelto por mayoría simple el camino a seguir, a los efectos de consolidar la independencia de poderes y un republicanismo que garantice los derechos y obligaciones para todos y cada uno de los integrantes de la comunidad.

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