12 de abril de 2018

Esquina post nepotismo.

La situación conflictiva en la ciudad de Esquina con los trabajadores municipales fue creada artificialmente para desestabilizar, generar crisis social y zozobra en los esquinenses.

Como toda manganeta tiene un modus operandi esta también lo tiene, es verdaderamente simple, básica, vulgar. El plan fue el siguiente: una vez derrotado en las últimas elecciones, el exintendente de Esquina firma una Resolución donde realiza un pase a planta permanente a 312 empleados municipales donde incluye a sus parientes de sangre y a personal de gabinete, violando al menos, tres normas fundamentales que todo funcionario público debería saber de memoria como su número de documento. El segundo paso del plan, es que la Resolución quede sin efecto vía judicial para crear una crisis social. La razón le asiste a Nicolás Maquiavelo cuando decía: El mal todo junto y el bien de a poco.

La trampa estuvo cuando incluyo en la Resolución 525 a hermanos, sobrinos (hijos de hermanos) y funcionarios de gabinete en el pase a planta violando en un solo acto al menos 3 normas vigentes que todo aquel que se precie de ético, honesto y responsable jamás lo haría: La Carta Orgánica Municipal, el Código de ética pública y la ley de empleo publico de Corrientes.

Plantaron la crisis para luego salvarla, es que en la Resolución 525 se mezclaron trabajadores municipales que merecían el pase a planta permanente por antigüedad y trabajo con el nepotismo, cosa que generaría a futuro un conflicto grave, por el hecho de que, cuando la administración municipal entrante quiera dejar sin efecto la 525 pr vía judicial también afectaría a los verdaderos trabajadores municipales, es lo que se vio ayer en plena Av. 25 de Mayo en el corte y protesta de trabajadores municipales reclamando no ser despedidos. El objetivo del exintendente era es que la Resolución 525 quede sin efecto (nunca fue lo contrario) para provocar la crisis.

La famosa Resolución 525 hace pocos días fue suspendida por el Poder Judicial (INCIDENTE DE SUSPENSION DE DECISION ADMINISTRATIVA EN AUTOS: MUNICIPALIDAD DE ESQUINA ( CTES.)  S/  ACCION DE LESIVIDAD Expte. 32953/18), el fallo entre otras cosas, describe el modus operandi del exintendente para crear un crisis social en Esquina, dice el juez: Refiriéndose a la Res. 525, … Pues, de sus textos no surge que se haya realizado un estudio de impacto o informe previo, desde el punto de vista económico y presupuestario que le de sustento; solo se limita a mencionar que ``la medida ha adoptarse no implica esfuerzo o compromiso financiero adicional para el Municipio, dado que el personal contratado percibe los mismos sueldos, adicionales y bonificaciones que el personal de planta permanente''.

Para el juez, el exintendente es un improvisado que no estudia ni se preocupa por hacerlo, dice el fallo: … Adviértase que como consecuencia de su sanción, se dispuso el pase a planta permanente a un sinnúmero de personas, sin contar -aparentemente- con las partidas presupuestarias destinadas a ese fin, y como es sabido, las autoridades públicas no pueden improvisar, siendo la planificación una de las herramientas más importantes a los fines de una buena Administración.

No puedo soslayar también, que la falta de previsión presupuestaria puede afectar, entre otras cosas, la prestación de servicios públicos indispensables, en virtud de que se deberán destinar ingresos al pago de sueldos, retaceando, a la vez, los destinados a otros conceptos. Y no es menos cierto, que el equilibrio fiscal del Municipio de Esquina, seguramente, se verá afectado con el masivo pase a planta permanente.

A continuación, el juez se pregunta si el exintendente entendía  el impacto que traería la firma  de la Resolución o no, es ahí donde se descubre el objetivo único de la tropelía, crear una crisis para después salvarla, dice el juez: … Me pregunto. Tuvo en cuenta el Intendente Municipal, Dr. Humberto Bianchi, el total de los recursos corrientes del municipio, y que porcentaje del mismo será afectado al pago de salarios y cargas sociales con pase masivo del personal a planta permanente? Conto con un informe técnico que respaldara sus decisiones? La respuesta también parece sencilla. De la lectura de las mismas no se desprende que haya analizado en profundidad los recursos del municipio, ni que analizara las consecuencias económicas de semejante decisión y mucho menos, que haya contado con un informe técnico que lo legitime para tomar tan transcendente disposición. Incumpliendo también la regulación reglada residual y técnica.

…mediante la resolución impugnada, se habrían incorporado agentes a planta permanente, omitiendo seguir el procedimiento previo de concurso público, estatuido en el art. 242 de la Carta Orgánica Municipal de Esquina y en el capitulo V de la ley N?: 4067, de Empleo Público de Corrientes; circunstancia que invalidaría la decisión. Resulta lógico y coherente que la Administración evalúe previamente a los postulantes a un cargo de su planta permanente, pues es requisito indispensable que quede debidamente acreditada su idoneidad (art. 16, C.N.).

…encontrándose acreditada ``prima facie'' la verosimilitud de las irregularidades denunciadas, resultando algunas de ellas manifiestas, el interés publico en juego, el daño que con dichas normativas se ocasionaría al Erario Municipal, su urgencia notoria,  hare lugar al pedido de suspensión de los efectos de la Resolución N?: 525/2017.

 


Comentarios »
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!
Escribir un comentario »