Abolir el Poder Judicial.
“La Democracia tradicionalmente vinculado a la ley -En los estrechos límites de la versión liberal del mundo –termina, se presenta como el logro histórico de un "Estado democrático" que garantiza como tal a través de la institución de mecanismos del 'estado de derecho'. Esta expresión denota principalmente la necesidad de reinar la ley, para que la ejecución de las leyes sea de la fuerza motriz de la democracia. Por lo tanto, en la concepción jurídico-liberal de la democracia, el orden político se reduce a la administración legal del poder del Estado. WARAT, Territórios desconhecidos: a procura surrealista pelos lugares do abandono do sentido e da reconstrução da subjetividade.Florianópolis: Fundação Boietux, 20042004, p. 144).
La última cita responde a la razón de porque no se disuelve, si quiera se piensa el replanteamiento de algo tan a contramano de lo que se afirma para lo cual fue creado. De acuerdo, y sobre todo por estas razones, en donde el morbo social se acrecienta, en crímenes concomitantes o concordantes a lo sexual, la justicia que no es tal, y que tampoco debería ser poder, muestra su siniestralidad. Se nos presenta de tal manera, en clave Freudiana, dado que lo que creíamos familiar, nuestro, al alcance de nuestra mano y soliicto para brindarnos una respuesta, nos otorga, la peor de las mismas, aquella que sólo prevalece ante la indiferencia. Darle vía libre, aboliendo con ello la propia ley dispuesta y su dinámica, a lo que desde los libros se señala como responsable y por ende pasible de ser sancionado. Esta tensión, académica, que los secuestradores de un poder, graduados en leyes que lograron hacer válido legalmente el demarcar su parcela de ocupación de tal poder que no es democrático, como el judicial, es en definitiva el precio de sostenerlos en las discusiones bizantinas a las que dedican sus tiempos pagados por nuestras contribuciones, para que nos impidan acceder, legalmente, a un servicio de justicia, que a todas luces, no es para todos, sino que exclusivamente para ellos.
En este ejercicio onanista, que en verdad sería como un canal que emite pornografía por el cuál pagamos y decimos no ver (como para justificar que lo adquirimos prescindiendo de la culpa religiosa como de la culpa intelectual de poder satisfacernos con algo tan aburrido como escenas de personas teniendo sexo) la discusión que se emite por los medios de comunicación que han sido tomados por la desazón y la resignación que en ellos no se puedan más que distribuir cortes y recortes de perspectivas que jamás se plantean cómo o desde donde fueron obtenidas, a los efectos de pensar en las primeras o últimas causas y de allí plantear, sí es que realmente queremos vivir mejor y más luego de poder preguntarnos esto, trazarnos como podríamos arribar a tal meta, esta solamente vinculada a un solo aspecto, al menos en la realidad Argentina, de la justicia, en el ámbito penal.
“El abolicionismo del sistema penal es un movimiento ideológico que se inserta como corriente dentro del pensamiento penal el cual promueve principalmente cambiar el actual sistema carcelario por otro más eficaz y acorde – según sus exponentes – con aquellos Derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Desde el ius naturalismo, sabemos que el hombre es libre, esencialmente libre, por lo que nadie podría estar de acuerdo en quitar las alas al hombre libre. El problema de este enunciado irrefutable es que no se pone en supuestos facticos, tan simplemente subsiste como enunciado universal. ¿Y si el hombre es un homicida? Para los exponentes del abolicionismo del sistema penal esto no tiene mayor significación, puesto que el hombre es libre y este paradigma es irrefutable sin importar lo que suceda en el vivir. El hombre es libre y debemos entender que esta malo encerrarlo y privarle de su libertad, así como de cualquiera de sus Derechos esenciales”. (Pino, E. “El abolicionismo del derecho penal”. http://lexweb.cl/el-abolicionismo-del-derecho-penal/ ).
Esta corriente, sin embargo, es puesta en crisis, en debate público, cuando emerge el cadáver de alguna víctima, a la que las luces de los medios de comunicación, cortan y recortan las perspectivas que dinamitan las teorías y argumentaciones. Probablemente en los diferentes tratamientos, se soslaye siempre, de forma superficial, la cuestión de fondo y que nos debería ocupar, como preocupar. El lugar que ocupa la justicia en nuestros poderes institucionalizados y el porqué, pese a que cada tanto, digamos que funciona tan mal, sí quiera lo ponemos en crisis o en debate, en su fondo, en su contenido, como sí lo hacemos, incansablemente con los poderes, legislativo y ejecutivo.
No es el ámbito, está comprobado que en medios de difusión las notas algo extensas, agreden al lector, al visitante, quién, devolverá tal violencia, con el autor de la propuesta, con la simple y siempre eficiente, condena al ostracismo, a la indiferencia, al ninguneo, a quién suscribe, por el revolucionario acto de pensar, bajo el firme deseo de tener un mañana mejor, pero simplemente diremos como adelanto, lo siguiente:
El poder judicial, debe ser abolido como tal. Más no así sus funciones, claro y obviamente esta. La funcionalidad del servicio de justicia, estará en el sincretismo, en el maridaje, en el resultante del entrecruzamiento de los poderes legislativo y judicial. Alumbrará una asamblea, ciudadana, con características tanto democráticas, y participativas a nivel general, como foquistas o parroquiales en cada lugar en donde se implementen de acuerdo a las condiciones culturales, antropológicas y filosóficas de cada lugar en donde se dimensione la cuestión judicial propiamente dicha.
Abolir el poder judicial, significará que la justicia pueda dimanar, casi naturalmente, de ninguna institución, sino del libre juego de ellas y de su interacción con la ciudadanía, transformándose de tal manera en un servicio público y no en un resquicio o en un aguantadero del poder en su sentido más cruel y abyecto.
Por Francisco Tomás González Cabañas
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