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  • 20º

POLíTICA

28 de mayo de 2018

Proponen la Creación del Instituto Nacional “Raúl Alfonsín”.

“Creemos que el estudio, la enseñanza y la difusión de la personalidad de Alfonsín, como la de nuestros próceres y otros prohombres de la historia argentina, debe ponerse a cargo de un Instituto Nacional que asegure la continuidad de su prédica y del ejemplo de su conducta cívica” Señalan desde el centro de estudios políticos y sociales “Desiderio Sosa” autores de la iniciativa.

FUNDAMENTOS

La presente iniciativa se desprende también de la propuesta del intelectual correntino, Francisco Tomás González Cabañas y su aporte teórico-práctico para fundar “clubes de la democracia”.

Fundar Clubes de la Democracia.

“Las instituciones al final son reglas y patrones de comportamiento que son perpetuados por la gente y deben ser defendidos por la gente. Si la gente abandona el compromiso incondicional a la democracia como la mejor forma de gobierno, si llega a poner la ventaja programática o partidista a corto plazo sobre las reglas más fundamentales del juego democrático, entonces la democracia se pondrá en peligro (Larry Diamond)”.

Desde hace un considerable tiempo, que acopiamos, intelectuales que afirman y reafirman, la premisa principal que sostiene nuestras preocupaciones ciudadanas; el temor cada vez más cierto, que el desinterés, cuando no la bronca, hacia la democracia, nos termine llevando a abandonarla.

EL autor citado, producto de una investigación promocionada por el instituto Berggruen (que estableció el premio anual al filósofo, o al hombre que piensa para brindar una propuesta social innovadora, un millón de dólares como forma de incentivo al ejercicio del pensar con compromiso social) sostiene, tal como recientemente casi todo la academia americana, que lo impensado, es decir que en el sitio occidental, que por antonomasia la democracia se mantuvo pétrea e incólume, devenga en una progresiva autocracia. Volvemos a citar:

“La polarización política -que ha ido aumentando constantemente en los Estados Unidos- facilita esta deriva hacia el abismo autocrático, porque hace de la política un juego de suma cero en el que no hay un terreno común, uniendo los campos opuestos. Por lo tanto cualquier cosa puede ser justificada en la búsqueda de la victoria. Durante el último siglo, esta dinámica de polarización que erosiona las reglas del juego democrático, paralizando el proceso democrático y preparando el camino para un hombre fuerte, ha sido un escenario común para el fracaso de la democracia. Si hay una lección que se extiende a través de la historia y los datos de la opinión pública, es que nada debe darse por sentado. La forma más laxa y más fatal de la arrogancia intelectual es asumir que lo que ha sido seguirá siendo, simplemente porque tiene una larga historia. La legitimidad no es más que un conjunto de creencias y valores individuales. Si no trabajamos para renovar esas creencias y valores con cada generación, incluso las democracias establecidas desde hace mucho tiempo podrían estar en riesgo.”

Imaginemos por un instante que ingresamos a un lugar. No importa sí este es un bar, una plaza, un parque o una oficina. Desaprendámonos también de la idea de que vamos allí por un chocolate con churros o por un refresco. Menos aún para alentar, brincando o cantando hipnóticamente, en una suerte de danza chamánica, para que x cantidad de personas corriendo detrás de una pelota la quieran hacer chocar ante una red, sea que las miremos desde las tribunas o por intermedio de un televisor. Imaginemos también que nadie nos dice que hacer. Imaginemos que en tal espacio, podemos hacer todo lo que haríamos en cualquier otro lugar, como nada de ello. Imaginemos que hablamos como lo hacemos con nuestros familiares y amigos, o como no lo hacemos con ellos, porque no nos da en gana o porque no los tenemos. Imaginemos que compartimos experiencias, contactos, datos, lo que fuere. Imaginemos que en este club, las camisetas, los colores y las actividades, son las que cada uno de nosotros propone, pero, que a su vez, y casi como con cierto destino profético, o filosófico en su sentido lato y no disciplinar, escapamos del cientificismo del principio de no contradicción y también, desde esa individualidad, formamos un colectivo, una corporación, una constelación de intereses que puede interceder, novedosa y positivamente (tampoco desde su acepción desde la ciencia) en nuestra sociedad, incluyendo lo cultural como lo político. Imaginemos que establecemos, de común acuerdo de forma o manera, llegamos a ese acuerdo. Sea por votación, sí es de esta manera, en qué condiciones votan los que votan y sí todos lo harían de la misma manera, por consenso, deliberativamente o como surja o lo pensemos tras la experiencia de que lo público, sea lo nuestro y lo nuestro de cada uno de los que integremos tal club, sin que por ello nos sintamos dueños absolutos o socios privilegiados del mismo.

Este tipo de organizaciones que fomenten el agrupamiento por el agrupamiento mismo, que estén propiciadas por el estado, como por organizaciones privadas, a los efectos de que se trabaje en este espíritu democrático, es lo que hará que continuemos o no, con la democracia formal que tenemos y que aún no la podemos llevar a cabo al ciento por ciento en la realidad.

La constitución de una sociedad democrática, a las pruebas nos remitimos, no se forja mediante leyes, normas o actos repetitivos de lo electoral, que terminan transformando a estos acontecimientos simbólicos en ritos carentes de sentido y tan extensos en sus significantes que terminan banalizados y difuminados en su razón de ser.

Propiciar estos espacios, que denominados clubes de lo democrático, que tengan además fines recreativos, sociales, de esparcimiento, culturales, es una forma de tomar la decisión colectiva que tenemos que pensar en tomar, sí es que pretendemos seguir considerándonos democráticos.

De lo contrario, las formas que el poder adoptará para el ejercicio cotidiano del mismo, estará cada vez más lejos de nuestra mirada, y con ello de nuestra posibilidad de decir algo, por más que esto mismo no signifique mucho más que la expresión misma de una queja o un reclamo.

Formar parte de un club, es ser parte, estar dentro de algo que nos contiene, por más que esa contención no sea más que cuatro paredes que nos quiten la sensación de desamparo. La democracia, como ejes cruciales, por fuera del ámbito teórico, necesita hacer ingresar a los que están fuera de sus promesas, de las expectativas que genera, para más luego, el hacerlos partícipe de las decisiones colectivas o que en nombre de un conjunto se puedan tomar.

Tal como un club, desde el cuál, desatamos nuestro accionar o nuestras pasiones, y del que por la representación de su comisión directiva, o de jugadores que llevan los colores del mismo y se disputan una partida en un campo de juego, sentimos que el resultante tuvo que ver con nuestro grito, aliento o mirada silente, a la democracia le urge que nos constituyamos en estos pequeños reductos en donde aprendamos de todo lo que ella nos promete sin cumplirnos, para resignificarla en su sentido, para volver a dotarla de elementos que tal vez estén perdidos, pero que tengan que ver con nuestro día a día cotidiano, con nuestra manifestación vivencial de nuestra razón de seres sociales y humanos.

Todos y cada uno de los partidos políticos existentes, podrían habilitar una sala, salón, reducto o incluso funcionar más cómo clubes democráticos que como las expresiones vaciadas de sentido en las que se han transformado, trastocando el concepto por el que nacieron a la vida pública. Lo que se pretende en los clubes democráticos, es la posibilidad de discutir de política, generándola incluso, más allá de la ideología, algo que por definición está imposibilitado el hacerlo desde los partidos. Sí bien sería una cuestión de principios de otra índole o naturaleza el determinar sí la forma hace al contenido o lo determina, lo cierto es que una de las grandes problemáticas de las democracias, es la multiplicación, ad infinitum, de supuestos partidos políticos que representan algo distinto, cuando en verdad funcionan como máscaras que ocultan intereses inconfesables de sectores o facciones, que en vez de pensar en lo general o colectivo que podría defender un interés democrático, sólo hacen uso de este mero formalismo para deformar la democracia.

Clubes democráticos, que fortalezcan, tal ver redefiniendo porque no la razón de ser de los partidos, para crear o consolidar comportamientos democráticos, que luego, recién y no como en la actualidad, sean ratificados en las urnas o mediante sistemas consensuales o de votaciones que expresen y manifiesten con mayor ecuanimidad las distintas tensiones que se suceden en las plazas o ciudades públicas en las que Occidente sostiene su consideración democrática.

Entrando de lleno en el proyecto de marras, expresamos:

Es innegable que la figura del Doctor Raúl Ricardo Alfonsín es la de un prócer, por tanto y a los efectos de mejorar el proyecto de un instituto similar en el ámbito del congreso, consideramos que el presente, teniendo como referencia el Instituto Irigigoyeano (Ley 24.060) es la que mejor se ajusta al homenaje que la nación le debe a nuestro ex presidente.

Sin embargo, como síntesis, hacemos propios los fundamentos del proyecto citado, y expresamos:

En su acción política y su obra de gobierno, con el que la Argentina inició el más extenso período democrático de su historia, se conjugan un ideario y valores que merecen rescatarse para la posteridad, como un ejemplo que guíe y oriente el pensamiento de las futuras generaciones de argentinos, para promover la participación ciudadana, la convivencia y la amistad civil, la defensa de los derechos humanos fundamentales y el fortalecimiento del sistema democrático.

Creemos que el estudio, la enseñanza y la difusión de la personalidad de ALFONSIN, como la de nuestros próceres y otros prohombres de la historia argentina, debe ponerse a cargo de un Instituto Nacional que asegure la continuidad de su prédica y del ejemplo de su conducta cívica.

Pero a la vez, nos parece aconsejable dotar a dicho instituto de un Fondo Nacional para el financiamiento de sus actividades, con una visión moderna y progresista para fortalecer todas las actividades, programas e instituciones democráticas, siguiendo objetivos compartidos por las distintas fuerzas políticas con representación en el Congreso de la Nación.

 

Un alto grado de transparencia y responsabilidad en la asignación de los recursos disponibles permitirá hacer del Instituto creado bajo la advocación de ALFONSIN un centro de cooperación e intercambio de activismo democrático, para apoyar proyectos de organizaciones no gubernamentales destinados a fortalecer la práctica de la democracia y la defensa de los derechos humanos fundamentales, similar en alguna medida al que desde el Congreso de los Estados Unidos financia la NED, Fundación Nacional para la Democracia.

En 1983 los argentinos celebramos la llegada de la democracia con júbilo, alegría y una clara sensación de renacimiento, con la que nuestro pueblo manifestó en forma categórica su deseo de vivir en paz, justicia y libertad, para dejar atrás el peor período de la historia argentina del siglo XX.

El 30 de Octubre de 1983 los argentinos concurrieron a votar dando el triunfo al Dr. Raúl ALFONSIN, líder de la Unión Cívica Radical que había conducido una larga lucha de los argentinos para reconquistar el sistema democrático.

En una coyuntura de extrema fragilidad, en que las demandas de la sociedad eran cuantiosas y los recursos muy escasos, Raúl ALFONSIN supo honrar desde el gobierno, los deseos que entonces manifestaban la mayoría de los argentinos.

El tránsito hacia la recuperación de la democracia no fue sencillo: los años del proceso militar habían acarreado miles de muertes, desaparecidos, censura, crecimiento exponencial de la deuda externa, una guerra perdida por nuestras Islas Malvinas, un grave descalabro económico y enormes fracturas sociales.

Para contribuir al esclarecimiento de los dolorosos hechos producidos en el país como consecuencia de la acción represiva desatada por el régimen militar instaurado en 1976, Raúl ALFONSIN creó la Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas (CONADEP), cuya ímproba labor constituiría la piedra basal de la reconstitución de los derechos humanos en la Argentina.

Sobre la base del Informe elaborado por la Comisión Nacional Sobre la Desaparición de Personas, la Justicia inició y fundamentó las acusaciones que permitirían llegar al Juicio a las Juntas Militares y finalmente en 1985, condenar a los comandantes y máximos responsables del terrorismo de Estado y la violación orgánica y sistemática de los derechos humanos.

Así se estableció el fundamento de la justicia argentina en materia de derechos humanos, llevando el nombre de nuestro país por el mundo y para los tiempos, cerrando el camino de la impunidad para los actos de sedición y los tratos crueles y degradantes entre las más graves violaciones de los derechos humanos.

 

Vale recordar también que ese afán de impartir justicia que impulsó el gobierno democrático de Raúl ALFONSIN, no tuvo intencionalidades políticas o ideológicas, ya que avanzó con la misma vara contra otros delincuentes autoritarios como los jefes de la guerrilla extremista y contra José López Rega, quien comandara el grupo criminal de extrema derecha "Triple A", dando origen a la represión ilegal y la práctica violenta de la desaparición y muerte de personas por razones políticas en nuestro país.

Por todo ello, recordamos que el Presidente ALFONSIN supo llevar al país por una nueva senda y que como pocos gobiernos en la historia del país, caminaron por una cornisa estrecha, que cada día renovaba sus escollos y desafíos. ALFONSIN supo conducir un arduo proceso de transición de manera honorable, abriendo un ciclo de libertad para los tiempos, con plena coherencia en sus ideas y un fuerte compromiso con los derechos humanos.

Pero también cabe reconocer que Raúl ALFONSIN nos enseñó a los argentinos que es posible construir un país unido, con libertad y justicia, y nos formó para tener un futuro. Por eso su pensamiento sigue vivo en la conciencia de los argentinos, porque buscó siempre bases de encuentro no excluyentes y con tenacidad estuvo siempre dispuesto a encontrar una y otra forma de avanzar y proyectar el país hacia una mayor integración política, económica y social.

Siendo tan radical como pocos, terminó siendo de todos, como reconocieron sus adversarios políticos. Porque ALFONSIN tuvo siempre en perspectiva un nuevo diseño de sociedad y la convicción de que había que promover cambios en la cultura cívica. Y lo hizo con un espíritu sabiamente moderno, capaz de alzar la mirada hacia tiempos más largos.

Su liderazgo promovió cambios en la mentalidad colectiva y en las instituciones de la República, dando impulso al principio de participación popular, como un movimiento destinado a agrandar los espacios de libertad, de bienestar, de amistad civil y de relaciones humanas.

También ALFONSIN promovió una ética de la solidaridad, buscando eliminar o atenuar en la sociedad sus componentes de autoritarismo, de intolerancia, de egoísmo y de una regresiva predisposición a encerrarnos en comportamientos de sector, de ineptitud para el diálogo y el compromiso.

Nos propuso también ALFONSIN asumir un concepto integral de modernización productiva del país, en un marco de democracia y equidad social, como un proyecto orientado a partir de una nueva matriz cultural, que respondiera a determinados valores y nos sirviera para ampliar la capacidad expansiva de nuestro desarrollo y lograr una mejor inserción de la Argentina en el mundo.

 

De tal manera, ALFONSIN nos dejó trazados los principios de la democracia participativa, de la ética de la solidaridad y de la modernización productiva, como las asignaturas pendientes para atravesar la transición del autoritarismo a la democracia en nuestro país.

Nos enseñó ALFONSIN que sin política no hay Nación, pero que también la política debe organizar la sociedad de modo que cada uno de sus miembros pueda vivir con dignidad. Así supo liderar un radicalismo de principios, con una clara concepción progresista y popular, desde la cual convocar a la unión nacional para dejar atrás una Argentina dividida.

Nunca declinó Alfonsín la idea de imaginar la Patria como un patrimonio común, basado en un compromiso colectivo, capaz de superar la fragmentación de la sociedad y trascender los proyectos de acumulación de poder excluyentes. Tampoco quiso resignar la concepción de la Nación Argentina como una sociedad abierta, que ha sabido incorporar la cultura del trabajo, del espíritu emprendedor, de la fe en la razón y la Justicia.

Valiente en su persistencia, a riesgo de quedar marginado de la opinión más corriente, ALFONSIN nos enseñó que la Argentina no sabrá organizar su futuro si no somos capaces de asumir como un valor central de nuestro comportamiento social y político una conducta respetuosa de la ley y la Justicia, que nos amolde en el pensar y en el actuar a los que es propio del Estado de Derecho, al que se asocian necesariamente la visibilidad de las decisiones públicas, la autenticidad, la inmediatez y el control recíproco de los poderes.

Con la honradez que lo caracterizaba, ALFONSIN supo comprender como pocos la fuerza inmanente del ejemplo en la vida social y enseñarnos que los adversarios políticos también eran argentinos, con los que construir un país en común.

Por todas las razones expuestas, pido a los Señores Legisladores, dar aprobación al presente proyecto de ley.

ARTICULO 1º — Créase en el ámbito de la jefatura de gabinete de la Presidencia de la Nación, el Instituto Nacional Raúl Ricardo  Alfonsín.

ARTICULO 2º — Fíjase como finalidad primordial del Instituto Nacional  la investigación, la enseñanza, la exaltación, el estudio, la ponderación, la promoción y la difusión de la personalidad del doctor Raúl Alfonsín y su obra.

ARTICULO 3º — Fíjase como competencia del Instituto Nacional:

a) La investigación y los estudios historiográficos, críticos, filosóficos, sociales, jurídicos y políticos referidos a la acción pública y privada del doctor Raúl Alfonsín y su época.

b) La difusión del conocimiento popular de la vida, personalidad e ideario del doctor Raúl Alfonsín a cuyo fin, el Instituto hará publicaciones, organizará eventos culturales, seminarios, congresos, jornadas y reuniones académicas y de investigación, tanto en su sede como en establecimientos educacionales, civiles, militares y centros de cultura del país.

c) La colaboración con las autoridades nacionales, provinciales y municipales y con las instituciones de enseñanza oficiales y privadas, para enseñar los objetivos básicos que debe orientar la docencia para el mejor aprovechamiento y comprensión de la obra y el pensamiento del doctor Raúl Alfonsín, como asimismo el asesoramiento respecto de la fidelidad histórica en todo lo que se relacione con la personalidad del prócer.

d) La formación de museos, archivos y registros documentales, biográficos, bibliográficos, iconográficos, numismáticos, filatélicos, etc., como así también la realización de cursos literarios, históricos, musicales, etc., referidos a la obra del doctor Raúl Alfonsín, pudiendo entregar distinciones dentro y fuera del país.

e) La cooperación con autoridades, instituciones y personas respecto del contexto histórico y de la conservación y seguridad de los establecimientos, edificios, lugares históricos, obras de arte y demás elementos rescatados o que se recuperen en el futuro vinculados con la vida y obra del doctor Raúl Alfonsín.

f) El estudio y registro de la toponimia y demás denominaciones relacionadas con el doctor Raúl Alfonsín, como así también todo lo referente a efigies, distintivos y emblemas.

g) La actuación como ámbito de concentración del material documental existente en el país y en el exterior vinculado con la vida, obra e ideario del doctor Raúl Alfonsín funcionando a la vez como banco de datos, archivo gráfico, biblioteca, hemeroteca, cinemateca, videoteca y museo.

 

h) La realización de estudios, investigaciones, cursos, conferencias, seminarios, publicaciones, etc., acerca de la acción pública y privada del mencionado.

ARTICULO 4º — Fíjase como responsabilidad del Instituto Nacional la realización de los actos oficiales de homenaje al doctor Raúl Alfonsín, en el siguiente días de cada año: 31 de marzo, aniversario de su fallecimiento. Asimismo podrá programar otras actividades en conmemoración de diversas efemérides vinculadas a la actuación cívica del prócer.

ARTICULO 5º — Cuando se lleven a cabo actos a cargo de particulares, instituciones privadas, autoridades, reparticiones públicas, nacionales, provinciales o municipales que requieran apoyo financiero o de otro tipo por parte del ámbito oficial para su realización, será indispensable solicitar el asesoramiento previo del Instituto Nacional el cual tendrá además intervención necesaria en eventos que organice el Estado nacional o con participación del mismo.

ARTICULO 6º — El Instituto Nacional, se gobernará con autarquía.

A tal efecto, su patrimonio se formará con los siguientes recursos:

a) Los aportes de sus miembros.

b) Los bienes adquiridos y sus frutos.

c) Las contribuciones, donaciones, legados, herencias, etc., que reciba.

d) Los fondos provenientes de convenios y/o acuerdos con instituciones nacionales o internacionales, tanto públicas como privadas que celebre el Instituto.

e) Las contribuciones del Estado nacional que pudieren establecerse en el presupuesto general.

ARTICULO 7º — Constituyese el Instituto Nacional, con un Cuerpo Académico integrado por treinta (30) Miembros de Número, quienes deberán ser historiadores y/o investigadores especializados en la vida y obra del doctor Raúl Alfonsín, y de los que al menos QUINCE (15) deberán ser representativos de las provincias. La primera integración de los Miembros de Número se adjunta a la presente ley como ANEXO I y reviste el carácter de provisional hasta tanto se dé cumplimiento

a lo previsto en el artículo 24 de la presente. El Reglamento Interno fijará las obligaciones y derechos de los Miembros de Número. Asimismo, se reconoce la condición de Miembros Honorarios, cuya nómina al momento de la sanción de la presente ley se integra según lo detallado en el ANEXO

 

II. Los derechos y obligaciones de los Miembros Honorarios serán fijados en el Reglamento Interno que dictará la Asamblea. Esta podrá crear otras categorías con el voto afirmativo de los DOS TERCIOS(2/3) de sus miembros presentes en la Asamblea convocada a ese fin.

ARTICULO 8º — Cuando se produzca una vacante en el Cuerpo Académico, el nuevo Miembro de Número será designado a propuesta de TRES (3) miembros y aceptado por el voto de DOS TERCIOS(2/3) de los presentes en la Asamblea convocada a tal fin. Lo propio se aplicará para la designación de un Miembro de Honor.

ARTICULO 9º — El Instituto Nacional será dirigido, representado y administrado por UN (1) Consejo Directivo compuesto por Presidente, Vicepresidente, Secretario General, Secretario de Actas, Tesorero, Pro-Tesorero, SEIS (6) Vocales Titulares y DOS (2) Vocales Suplentes.

ARTICULO 10. — El mandato de los miembros del Honorable Consejo Directivo durará TRES (3) años, serán elegidos por la Asamblea de los Miembros de Número, pudiendo ser reelectos nuevamente en forma indefinida.

ARTICULO 11. — El Honorable Consejo Directivo tendrá a su cargo la redacción del reglamento interno que deberá ser aprobado por la Asamblea de los Miembros de Número.

ARTICULO 12. — El Presidente del Instituto Nacional, será designado por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de la jefatura de gabinetes de la Presidencia de la Nación. Dicha propuesta surgirá de UNA (1) terna proveniente de la elección que, por simple mayoría, realizará la Asamblea de los Miembros de Número.

ARTICULO 13. — Fíjase como funciones del Presidente del Instituto Nacional:

a) Representar al Instituto en todos los actos públicos, privados y en las relaciones oficiales.

b) Convocar y presidir todas las sesiones y asambleas en todos los casos con derecho a voto que se computa doble en caso de empate.

c) Disponer el cumplimiento y ejecución de las resoluciones del Honorable Consejo Directivo.

d) Resolver por sí todos aquellos asuntos de trámite común y aquellos de carácter urgente, debiendo informar de ello al Honorable Consejo Directivo en la primera oportunidad.

e) Ejercer el control de todas las publicaciones que realiza la Institución.

 

f) Suscribir actas, libros y documentos de contabilidad y comunicaciones y órdenes de cualquier clase, por sí mismo o juntamente con el Secretario General, el Tesorero o el funcionario que corresponda.

ARTICULO 14. — El Secretario General y el Tesorero secundarán al Presidente del Instituto en sus funciones para lo cual tendrán bajo sus directas órdenes y responsabilidad la Secretaría y Administración Patrimonial del Instituto respectivamente.

ARTICULO 15. — Las Asambleas de los Miembros de Número serán Ordinarias y Extraordinarias. Ambas se reunirán en el día, hora y lugar que determine el Honorable Consejo Directivo y serán convocadas con DIEZ (10) días de anticipación por circular a sus miembros, con el Orden del Día a tratarse.

ARTICULO 16. — La Asamblea Ordinaria se celebrará anualmente dentro de los CIENTO VEINTE (120) días del cierre del ejercicio, que se operará el día 30 de junio de cada año para:

a) Considerar, aprobar o modificar la Memoria, el Balance General, el Inventario, la Cuenta de Gastos y Recursos, el Informe del Organo de Fiscalización y dictamen del profesional contable.

b) Elegir, en su caso, los miembros del Honorable Consejo Directivo y del Organo de Fiscalización, titulares y suplentes.

c) Tratar cualquier otro asunto incluido en el Orden del Día.

d) Elegir en su caso, UNA (1) terna dentro de los Miembros de Número para ser elevada a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, proponiendo los candidatos a Presidente del Cuerpo.

ARTICULO17. — Con DIEZ (10) días de anticipación a la convocatoria de la Asamblea Ordinaria, deberá ponerse a consideración de los Miembros de Número, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e informe del Organo de Fiscalización. En las Asambleas no podrán tratarse otros temas que los incluidos en el Orden del Día.

ARTICULO 18. — Las Asambleas se celebrarán válidamente, sea cual fuere el número de miembros concurrentes, media hora después de la fijada en la convocatoria, si no se hubiese reunido la mayoría absoluta de sus miembros, se procederá a realizar la Asamblea en segunda convocatoria, con los miembros presentes. Serán presididas por el Presidente del Instituto, o en su defecto por quien la Asamblea designe, a pluralidad de votos. Quien presida la Asamblea sólo tendrá derecho a voto en caso de empate.

 

ARTICULO 19. — Las resoluciones de las Asambleas se adoptarán por mayoría de los votos emitidos. Ningún Miembro de Número podrá tener más de UN (1) voto y los Miembros del Honorable Consejo Directivo y del Organo de Fiscalización no podrán votar en asuntos relacionados con su gestión.

ARTICULO 20. — Las Asambleas Extraordinarias se efectuarán cuando el Honorable Consejo Directivo las convoque, sea por sí o a pedido del Organo de Fiscalización, o a pedido por escrito de la mitad de los Miembros de Número, los que deberán expresar por escrito el motivo y puntos a considerar.

ARTICULO 21. — Habrá UN (1) Organo de Fiscalización compuesto por UN (1) Presidente, TRES (3) Vocales Titulares y DOS (2) Vocales Suplentes, cuyos mandatos tendrán una duración de CUATRO (4) años. Para integrar dicho Organo se requerirá ser Miembro de Número y su elección se realizará en la Asamblea Ordinaria.

ARTICULO 22. — El Organo de Fiscalización tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Examinar los libros y documentos de la Institución, por lo menos cada TRES (3) meses.

b) Asistir con voz a las sesiones del Honorable Consejo Directivo cuando éste lo estime conveniente.

c) Fiscalizar la administración, comprobando frecuentemente el estado de la caja y la existencia de los títulos y valores de toda especie.

d) Dictaminar sobre la Memoria, Inventario, Balance y Cuenta de ganancias y pérdidas, presentada por el Honorable Consejo Directivo.

e) Convocar a Asamblea General Ordinaria, cuando omitiera hacerlo el órgano directivo.

f) Solicitar la convocatoria a Asamblea General Extraordinaria cuando lo juzgue necesario, poniendo los antecedentes que fundamenten su pedido en conocimiento de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación, cuando se negare a ellos el Honorable Consejo Directivo.

g) En su caso, vigilar las operaciones de la liquidación del Instituto y el destino de los bienes. Una vez pagas las deudas, el remanente de los bienes que integran el patrimonio debe pasar a otra entidad exenta reconocida por la Administración Federal de Ingresos Públicos, dependiente del Ministerio de Economía y Producción, o a poder de la Nación, provincias o municipios.

ARTICULO 23. — Para sesionar, el Organo de Fiscalización necesitará de la presencia de por lo menos DOS (2) de sus miembros, número que será mayoría para adoptar resoluciones. Si por cualquier causa quedara reducido a menos de DOS (2) miembros, una vez incorporados los suplentes, el Honorable Consejo Directivo, deberá convocar dentro de los QUINCE (15) días a Asamblea para su integración hasta la terminación del mandato de los cesantes.

ARTICULO 24. — Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 10, 12 y concordantes de la presente ley, designase como autoridades provisionales del Instituto Nacional a las siguientes: Presidente ……..los que durarán en su cargo hasta la integración total de la Asamblea de Miembros de Número, cuyos integrantes serán designa dos por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta de la jefatura de gabinete de la Nación, en un lapso que no podrá ser superior a DOS (2) años.

ARTICULO 25. — Todos los cargos creados por la presente son de carácter “ad honorem”.

ARTICULO 26. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

 

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