Viernes 29 de Marzo de 2024

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  • 20º

POLITICA

6 de agosto de 2017

¿Fortaleceríamos lo democrático presentado un amparo colectivo para evitar la obligatoriedad de votar en las PASO?

La Ley 16.986 conocida como la norma de acción de amparo, es la que nos faculta al considerar lesionado un derecho fundamental, el acudir a la justicia para que resuelva tal poder en forma expeditiva lo denunciado. El domingo próximo millones de Argentinos estamos obligados a votar, en una elección, creada por ley, a la que, desde el primer actor político, como institucional, mediante la táctica o estrategia, utilizada por su fuerza política, resolvió vaciarla de contenido y quitarle por ende todo tipo de sentido y razón. Es decir la Primaria Abierta Simultánea y Obligatoria, no sólo que no es tal, para los votantes del partido del Presidente (fuerza política mas votada en la última elección) sino que además, tal como expresaron funcionarios de alto rango, serán pasibles de ser derogadas, sí es que el proyecto alcanza mayoría parlamentaria en unos meses. En distritos como Corrientes, a nivel provincial, el principal actor político, como institucional, también destrato políticamente la sustancialidad y la razón de ser de las PASO, sin que expresara que no se cumpla la ley en forma expresa o acabada, pero en términos de lecturas simbólicas o de entre líneas, es básicamente esto mismo. La acción colectiva de amparo, es para que los ciudadanos, no seamos coto de caza o ratones de laboratorio, por parte de nuestros políticos, que montados en lo coyuntural, terminan, tal vez sin querer, en seguir horadando lo que los sostiene en la cúspide de donde creen mandarnos. No se trata, de que la justicia haga lugar a lo reclamado, dado que se entraría en una gran colisión como colusión de poderes, menos aún en entrar en una carrera para ver quién es declarativamente más antisistema o marginal de lo establecido. De lo que se trata, es en advertir, propositivamente a los que administran la cosa pública, que el uso de las reglas por la que lo hacen, poseen ciertas cláusulas que deben ser revisadas (al menos discutidas) para el bienestar de las mayorías y no para el supuesto (dado que sí quiera es real) beneficio de facciones.

Acción de amparo para evitar la obligatoriedad del voto. Al ciudadano de a pie, a esos que dicen que dedican sus horas y su energía los políticos encaramados en el poder, lo único que les llega a interesar de la cuestión electoral (hablamos de los que medianamente tienen resuelto el aspecto de la supervivencia y no entran en la cosificación de la que son víctimas los clientes cautivos de la prebenda y la dádiva electoral) es ir a votar la menor cantidad de veces posible, en un año, que en esta temática, amenaza a ser de proporciones desastrosas, para aquel que no tiene el conchabo, la libada asegurada o no está prendido o ensortijado en el útero estatal. La política, en códigos democráticos, transformada en una cuestión de fe, no puede, ni debe, por esta condición de que existe, básicamente porque no cumple lo que promete, de lo contrario dejaría de existir, hará lo imposible, para que el deseo ciudadano, este lo más lejos posible de ser cumplimentado. La obligatoriedad del voto, es la forma que el sistema ha encontrado para validarse, de lo contrario, sí fuese optativo, y en esa opción, en caso de que asistieran, de los aptos para votar, menos del 50% de los habilitados, tendría la ciudadanía un elemento más, y decisorio, como para manifestarse ante sus políticos que llevan a cabo políticas no democráticas, en nombre de las mismas. De allí que el voto sea obligatorio, para sacarle, quitarle, birlarle una posibilidad más al hombre en el llano, sin poder político, para que se organice y reclame, en su no participación una política más democrática. La saturación de elecciones, es otra forma, otra manera, de alejar, aún más, a la política de la ciudadanía, de la gente, del pueblo. De seguir teniéndola cautiva, sometida entre cuatros paredes, violada, ultrajada y guasqueada, por los mismos de siempre, que la azotan con sus lechazos furibundos, para que represente el horror, de una criminalidad en continúo, anatematizada  en su normalidad, vulgarizada en su manifestación cotidiana, de que así nomás tiene que ser, porque lo dado y lo establecido, no se discute, por nuestras kantianas limitaciones como para dimensionar la cuestión en sí misma, o la posibilidad de que sean otros los que dispongan, de distintas maneras los senderos de la cosa pública. Que nos hagan asistir, hasta el cansancio, obligados, para optar, entre los candidatos, que ni siquiera fueron elegidos por el ejercicio de una democracia interna de los partidos (esta es otra forma que tienen de decirnos que la ley es para ser cumplida por los que no tenemos poder), es la muestra cabal de que habitamos en una “Sodoma y Gomorra” institucional, en donde todas las vejaciones están socialmente aceptadas, comunicacionalmente gacetilleadas, siempre y cuando exista un cuarto oscuro, una apertura de sesiones y los actos protocolares en donde se rinde homenaje a los hombres del pasado.

“El simple hecho de que haya elecciones no basta para que estas sean competitivas. Piénsese en todos los instrumentos de que disponen los que están en el poder…Las reglas afectan a los resultados. Incluso pequeños detalles como la forma y el color de las boletas, la ubicación de los lugares de votación, la fecha en que tiene lugar puede afectar el resultado. Por lo tanto, las elecciones, inevitablemente son manipuladas…Hay algunas voces que afirman que en la actualidad estamos asistiendo al surgimiento de un fenómeno cualitativamente nuevo, “El autoritarismo electoral”…El hombre de poder en ejercicio no es necesariamente la misma persona: puede ser un miembro del mismo partido o un sucesor designado de alguna otra manera…”  (Przeworski, A. “Qué esperar de la democracia”. Siglo veintiuno editores. Buenos Aires. 2016). 

Obviamente que en la reacción más inmediata, como tal vez obcecada, se responda bajo el formalismo “in extremis” que dado que la ley es aplicable y el único procedimiento para modificarla es parlamentariamente, debemos acudir, obligadamente, pese a que siquiera desde las más altas autoridades políticas creen en esta ley en particular y en esta convocatoria a elección (tal vez el bajo número de participantes en positivo, sea de los que vayan a votar como los que no lo hagan en blanco o impugnando, sea la razón para derogar las PASO, tal como dicen que harán) en la siguiente interdicción:

“En un Estado de derecho las leyes organizan y fijan límites de derechos en que toda acción está sujeta a una norma jurídica previamente aprobada y de conocimiento público (en ese sentido no debe confundirse un Estado de derecho con un Estado democrático, aunque ambas condiciones suelan darse simultáneamente). Esta acepción de Estado de derecho es la llamada "acepción débil" o "formal" del Estado de derecho” (Wikipedia).

Esta concepción política se funda en un término Alemán; el concepto de Rechtsstaat que se originó en el sistema jurídico-político alemán, a partir del cual se ha extendido a otros países de Europa continental. Literalmente significa algo así como Estado Regulado o Normado o Estado Legal, lo que generalmente se entiende como significando un Estado de Derecho, como equivalente al concepto hispano de Imperio de la ley o al anglo sajón de Rule of Law.

Lamentablemente todos sabemos de las experiencias Alemanas, hasta donde condujeron al mundo, haciendo incluso aclamatoria de mayorías claro está.

Los ciudadanos que elegimos a nuestros políticos, le debemos pedir a estos que estén alertas, atentos y muy concentrados, tal vez, desde algún lugar hayan decidido venir por ellos en el nombre de un supuesto estado de derecho, que sería más puro, más recto, más acendrado en la letra de la ley, pero nunca más soberano ni democrático.

Lo que se pretende es que los políticos puedan trabajar en un estado democrático también con aquellos que posean una mirada de esto mismo, desde diferentes perspectivas y lugares, independientemente sí poseen o una filiación partidaria o una simpatía política circunstancial.

Para quienes deseen o crean que plantear una acción de amparo, mejorara o propiciará un estado democrático, el sitio del ministerio de justicia de la Nación en donde se establecen las exigencias formales para ello:

http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/amparo/

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